Categorización

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Se comenzó a implementar la re-categorización obligatoria. Ésta se actualiza cada 10 años de aportes de los asociados al fondo Solidario, pasando automáticamente a sumarse al valor de la cuota, una sesión más incrementándose en forma proporcional los Subsidios por: Incapacidad Total Transitoria, Nacimiento, Fallecimiento y Préstamos.
Al momento de jubilarse, el asociado gozará los haberes correspondientes a la última categoría en que hubiere completado 10 años de aportes incrementándose el haber proporcionalmente a los años completos aportados en la categoría siguiente, compensándose de esta manera los años de aportes acorde a los beneficios percibidos.
Aprobado por el Consejo Asesor en sesión del 7 de Mayo de 2016.